Número de la norma: 01
Fecha de emisión: 20 de junio de 2024
Fechas de revisión: 20 de junio de 2024; 21 de noviembre de 2024
Fecha de aprobación de la enmienda: 21 de noviembre de 2024
1. Autoridad estatutaria
La Junta gobernante del Plan de Salud Universal se establece en el Departamento de Servicios al Consumidor y a Empresas y se convoca en virtud de las Leyes de Oregon de 2023, cap. 613 (Proyecto de Ley del Senado 1089 de 2023), codificado en ORS 751.001 a 751.101. Nada de lo contenido en estas normas y procedimientos pretende ser contrario a la autoridad convocante o cualquier otra ley, norma, disposición constitucional o decisión judicial relevante. Si existe algún conflicto o inconsistencia entre estas normas y procedimientos y cualquier ley, norma, disposición constitucional o decisión judicial relevante, regirán la ley, norma, disposición constitucional o decisión judicial.
2. Objetivo
La Junta gobernante del Plan de Salud Universal se establece por ley para crear un plan integral para financiar y administrar un plan de salud universal que responda a las necesidades y expectativas de los residentes del estado de Oregon, y para garantizar que el plan propuesto incluya a todos los residentes de Oregon de manera equitativa.
La junta tiene la misión de diseñar la estructura financiera y administrativa para el plan de salud universal, incluida una corporación pública independiente y un nuevo Fondo Fiduciario del Plan de Salud Universal; evaluar cómo trabajar con las nueve tribus indígenas reconocidas a nivel federal en Oregon y las juntas y comisiones de atención médica; evaluar la preparación de las instituciones públicas y de atención médica clave para llevar a cabo el plan de salud universal; trabajar en colaboración con socios que abarquen todas las complejidades de los sistemas de atención médica, incluidos los hospitales, los sistemas y proveedores de salud, las aseguradoras y las organizaciones de atención coordinada; colaborar con organizaciones regionales para identificar estrategias para reducir las complejidades y la carga administrativa de los participantes en el personal de atención médica; estudiar y abordar los impactos del plan de salud universal con respecto a tipos específicos de empleadores; y considerar las recomendaciones del Grupo de trabajo conjunto sobre la Atención Médica Universal.
La junta debe proporcionar informes a la Asamblea Legislativa con arreglo a los siguientes plazos:
- A más tardar el 1 de diciembre de cada año calendario, la junta proporcionará a los comités provisionales de la Asamblea Legislativa relacionados con la salud un informe de situación sobre el progreso en el desarrollo del plan integral y cualquier cambio legislativo necesario.
- A más tardar el 15 de septiembre de 2026, la junta presentará a los comités provisionales de la Asamblea Legislativa relacionados con la salud, y al gobernador, un plan integral para la implementación del plan de salud universal.
La junta está facultada para adoptar las normas necesarias para la administración de las leyes que tiene encomendadas.
3. Proceso de selección de miembros de la junta
Los miembros de la junta deben representar a una variedad de profesionales de atención médica y perspectivas de la comunidad, incluidas personas con experiencia como inscritos en el programa estatal de asistencia médica o Medicare, y experiencia sin cobertura del seguro de salud. Los miembros de la junta también deben apoyar los objetivos de la junta descritos en ORS 751.002(2) y los valores y principios descritos en ORS 751.002(3)(a) y (b).
Del total de miembros de la junta, cinco deben tener experiencia en la prestación de atención médica, finanzas de atención médica, operaciones de atención médica o administración pública, y cuatro deben centrarse en la participación pública.
Las personas interesadas en formar parte de la junta pueden presentar una solicitud a través del sitio web de las Juntas y Comisiones de Oregon. Las vacantes se comunicarán al público a través de un aviso u otra alerta del consumidor. El proceso de solicitud de la junta está abierto al público en todo momento.
4. Duración del plazo y vacantes
La junta está compuesta por nueve miembros designados por el gobernador y confirmados por el Senado. Todos los miembros de la junta ejercen sus funciones a discreción del gobernador. El mandato de cada miembro de la junta es de cuatro años, con la salvedad de que la duración del mandato de los miembros designados por primera vez es la siguiente:
- Dos ejercerán sus funciones durante mandatos que concluirán el 2 de enero de 2025 (Debra Diaz, Judy Richardson)
- Dos ejercerán sus funciones durante mandatos que concluirán el 2 de enero de 2026 (Warren George, Michelle Glass)
- Dos ejercerán sus funciones durante mandatos que concluirán el 2 de enero de 2027 (Helen Bellanca, Amy Fellows)
- Tres ejercerán sus funciones durante mandatos que concluirán el 2 de enero de 2028 (Chunhuei Chi, Bruce Goldberg, Cherryl Ramirez)
Los miembros son elegibles para una nueva designación después de la finalización de sus mandatos actuales. Si el puesto de un miembro de la junta quedara vacante por cualquier motivo, el gobernador designará a un nuevo miembro para que ocupe el puesto vacante durante el resto de su mandato.
5. Conflictos de intereses
Los miembros de la junta cumplirán con los requisitos de las Leyes de Ética Gubernamental de Oregon, capítulo 244 de las ORS, y las normas adoptadas por la Comisión de Ética Gubernamental de Oregon (Oregon Government Ethics Commission, OGEC), capítulo 199 del OAR. Puede encontrar una guía sobre estas leyes y normas en el sitio web de la OGEC:
https://www.oregon.gov/ogec/Pages/default.aspx.
Los miembros de la junta proporcionarán sin demora una notificación por escrito al presidente y al director ejecutivo de la junta sobre cualquier conflicto de intereses real o potencial según se define en la ORS 244.020. La ORS 244.020(1) define “conflicto de intereses real” de la siguiente manera:
“[C]ualquier acción o cualquier decisión o recomendación de una persona que actúe en calidad de funcionario público, cuyo efecto sería en beneficio o perjuicio pecuniario privado de la persona o de un familiar de la persona, o de cualquier empresa con la que la persona o un familiar de la persona esté asociada, a menos que el beneficio o perjuicio pecuniario derive de las circunstancias descritas en [ORS 244.020(13)]”.
La ORS 244.020(13) define “conflicto de intereses potencial” de la siguiente manera:
“[C]ualquier acción o cualquier decisión o recomendación de una persona que actúe en calidad de funcionario público, cuyo efecto podría ser en beneficio o perjuicio pecuniario privado de la persona o de un familiar de la persona, o de una empresa con la que la persona o el familiar de la persona esté asociada, a menos que el beneficio o perjuicio pecuniario derive de lo siguiente:
(a) Un interés o pertenencia en una determinada empresa, industria, ocupación u otra clase requerida por ley como requisito previo para el desempeño por parte de la persona del cargo o puesto.
(b) Cualquier acción en calidad oficial de la persona que afectaría en el mismo grado a una clase que se compone de todos los habitantes del estado, o una clase más pequeña que consiste en una industria, ocupación u otro grupo, incluido uno de los cuales o en el cual la persona, o el familiar o empresa de la persona con la que la persona o el familiar de la persona está asociado, es miembro o está involucrado.
(c) Pertenencia a la junta directiva de una corporación sin fines de lucro exenta de impuestos en virtud de la sección 501(c) del Código de Impuestos Internos”.
De acuerdo con la ORS 244.120(2), los miembros de la junta también tienen las siguientes obligaciones: (a) cuando se encuentren con un conflicto de intereses potencial, anunciarán públicamente la naturaleza del conflicto potencial antes de tomar cualquier medida al respecto en calidad de miembro de la junta; y (b) cuando se encuentren con un conflicto de intereses real, anunciarán públicamente la naturaleza del conflicto real y se abstendrán de participar como miembro de la junta en cualquier discusión o debate sobre el asunto del cual surge el conflicto real o de votar sobre el asunto; sin perjuicio de lo antedicho, si el voto del miembro es necesario para cumplir con un requisito de una cantidad mínima de votos para tomar medidas oficiales, el miembro podrá votar, pero no podrá participar como miembro de la junta, en cualquier discusión o debate sobre el asunto del cual surge el conflicto real.
6. Responsabilidades del presidente y vicepresidente
La junta elegirá a un miembro para que se desempeñe como presidente y a otro como vicepresidente durante el resto de sus mandatos actuales como miembros de la junta. Si los puestos de presidente o vicepresidente quedan vacantes por cualquier motivo, la junta elegirá sin demora a uno de sus miembros para que se desempeñe en el puesto vacante durante el resto del mandato actual del miembro.
El presidente ejerce el liderazgo de la junta directiva, preside todas sus reuniones, brinda planificación estratégica para ayudar a la junta a cumplir con sus deberes y responsabilidades legales, y asume y ejerce todas las obligaciones y las facultades asignadas al presidente por las normas y los procedimientos de la junta.
El vicepresidente preside las reuniones de la junta en la que el presidente no esté presente, o cuando el presidente le pide al vicepresidente que lo haga. Si el puesto de presidente queda vacante por cualquier motivo, el vicepresidente asumirá sus facultades y responsabilidades hasta que la junta elija un nuevo presidente.
El presidente y el vicepresidente tienen varias responsabilidades conjuntas, como colaborar con el director ejecutivo y otros miembros del personal de la junta en la elaboración de las agendas de las reuniones de la junta y, en general, garantizar el cumplimiento de las normas y los procedimientos de la junta.
El presidente y el vicepresidente también colaboran en la dirección de la junta. Son conjuntamente responsables de fomentar la plena participación de los miembros de la junta en el trabajo de la junta, generar consenso sobre las decisiones y garantizar que todos los miembros tengan oportunidades para expresar sus comentarios, inquietudes y opiniones de manera adecuada y significativa.
7. Reuniones abiertas y registros públicos
Las actividades de la junta generalmente están sujetas a la Ley de Reuniones Públicas de Oregon establecida en el capítulo 192 de las ORS, y los registros de la junta generalmente están sujetos a las Leyes de Registros Públicos de Oregon establecidas en el capítulo 192 de las ORS. La junta llevará a cabo sus actividades y pondrá sus registros a disposición de acuerdo con la Ley de Reuniones Públicas de Oregon y las Leyes de Registros Públicos de Oregon.
8. Procedimientos operativos generales
a. Reuniones
La junta se reunirá en las fechas y lugares que esta determine. Asimismo, podrá reunirse en otros lugares y fechas que determine el presidente de la junta en la convocatoria. El presidente podrá decidir cancelar o posponer una reunión de la junta si determina que no hay ningún asunto a tratar en dicha reunión. La junta podrá decidir aplazar una reunión al siguiente día disponible si no se puede completar en el tiempo previsto o por cualquier otro motivo. Los miembros de la junta pueden participar de las reuniones de la junta en persona, por teléfono o por cualquier otro medio de comunicación electrónica, siempre que todas las personas que participen en la reunión puedan escucharse entre sí al mismo tiempo. Las reuniones de la junta, que no sean sesiones ejecutivas, se transmitirán en vivo por Internet y se grabarán. El video grabado de cada reunión de la junta se publicará en el sitio web de la junta.
La junta puede brindar la oportunidad de que se realicen comentarios del público en cualquier reunión de la junta, pero no está obligada a hacerlo. El presidente, en consulta con el director ejecutivo y otros miembros del personal de la junta, determinará la cantidad de tiempo asignado para comentarios del público en cualquier reunión de la junta, si corresponde. Los comentarios del público por escrito deben enviarse al menos 72 horas antes de la reunión de la junta a través del portal de comentarios del público en el sitio web de la Junta gobernante del Plan de Salud Universal. Los comentarios del público por escrito recibidos con menos de 72 horas de antelación a la reunión de la junta se compartirán en la siguiente reunión de la junta. Los comentarios del público verbales virtuales se deben notificar 24 horas antes de la reunión a través del portal de comentarios del público en el sitio web. Los miembros del público pueden inscribirse para realizar comentarios públicos en las reuniones de la junta directiva que se celebren en persona.
b. Agendas, materiales y grabaciones de reuniones
El personal de la junta publicará las actas de las reuniones, las agendas y las convocatorias de las próximas reuniones de la junta en el sitio web de la Junta gobernante del Plan de Salud Universal. La agenda de la reunión se elaborará, entre otras cosas, para garantizar que la junta cumpla con sus obligaciones legales. El presidente de la junta, en colaboración con el personal de la junta, elaborará un borrador de la agenda y se lo proporcionará a los miembros antes de la reunión de la junta correspondiente a dicha agenda.
c. Quórum
El quórum se constituye con la presencia de la mayoría de los miembros de la junta. Las vacantes en la junta directiva no afectan el requisito del quórum. Por lo tanto, al menos cinco miembros de la junta deben estar presentes para que la junta pueda sesionar. La junta podrá adoptar decisiones mediante el voto afirmativo de la mayoría de los miembros presentes en cualquier reunión./p>
d. Proceso de consenso, decisiones y votación
Se utilizará un método de toma de decisiones por consenso para facilitar las deliberaciones de la junta y garantizar que la junta se beneficie colectivamente de las opiniones, experiencias, antecedentes, formación y conocimientos individuales de sus miembros. El consenso es un proceso participativo mediante el cual, en cuestiones de fondo, los miembros se esfuerzan por lograr acuerdos que apoyen, acepten, soporten o a los que acepten no oponerse. Consenso significa que ningún miembro expresó una objeción a la opinión que no se pueda resolver o mitigar, y que ningún miembro manifestó su intención de oponerse a una opinión.
Todas las medidas oficiales de la junta, incluidas las medidas sobre las que haya consenso, deben adoptarse mediante el voto público de todos los miembros presentes. Se debe registrar el voto de cada miembro y el resultado de cada votación. La votación se llevará a cabo de forma nominal. Las mociones para tratar asuntos de la junta deben seguir de manera flexible los procesos establecidos en las Reglas de orden de Robert (Robert’s Rules of Order) (por ejemplo, moción, apoyo, debate y voto). En ausencia de circunstancias imperiosas (por ejemplo, que lo exijan las leyes y normas aplicables en materia de conflictos de intereses), los miembros de la junta no deben abstenerse de votar. Si hay votos en minoría, los miembros que voten en minoría pueden presentar una explicación de su voto y proporcionar propuestas alternativas.
e. Asistencia a reuniones y ausencias
Se espera que los miembros de la junta hagan todo lo posible para asistir a todas las reuniones de la junta. Los miembros pueden participar de las reuniones en persona, por teléfono o por cualquier otro medio de comunicación electrónica, siempre que todas las personas que participen en la reunión puedan escucharse entre sí al mismo tiempo. Si un miembro no puede asistir a una reunión, debe notificar al presidente y al director ejecutivo antes de la reunión. En virtud de la ORS 182.010, todo miembro de una junta o comisión del estado designado por el gobernador que no asista a dos reuniones consecutivas de la junta o comisión, ya sean ordinarias, aplazadas o especiales, perderá su cargo a menos que no pueda asistir por enfermedad grave suya o de un familiar suyo, o por cualquier otra causa que, a juicio del gobernador, constituya un motivo válido para no asistir. El gobernador nombrará inmediatamente a un sucesor.
f. Participación
Todos los miembros de la junta aceptan actuar de buena fe en todos los aspectos de su participación. Esto incluye ser honesto y abstenerse de realizar cualquier acción que socave o amenace el proceso deliberativo. Se espera que los miembros de la junta:
- Hablen de manera respetuosa, eficiente y no repetitiva durante los debates de la junta.
- Escuchen todos los puntos de vista con una mente abierta y con el objetivo de comprender los intereses de otros miembros de la junta y del personal.
- Trabajen para buscar el consenso como una responsabilidad vital de la comunidad y, al mismo tiempo, respeten los puntos de vista de las minorías.
- Presenten las actividades de la junta y las posiciones de los demás de manera justa y equilibrada.
- No tergiversen las posiciones de los demás.
9. Sesión ejecutiva
La junta puede, en cualquier momento, retirarse a sesión ejecutiva para consultar con los fiscales generales adjuntos asignados a la junta en el Departamento de Justicia de Oregon o según lo permita la ORS 192.660. Excepto según lo permita la ORS 192.660, la junta no deliberará en sesión ejecutiva ni tomará ninguna decisión definitiva relacionada con cualquier asunto de la junta o que de otro modo tenga relación con cualquier asunto dentro de las facultades de la junta.
Al volver a convocar la reunión abierta al finalizar la sesión ejecutiva, todos los miembros de la junta mantendrán la confidencialidad de la información analizada y el asesoramiento legal proporcionado en dicha sesión ejecutiva. La junta almacenará de forma segura y divulgará cualquier grabación electrónica de las sesiones ejecutivas solo si así lo exige la Ley de Registros Públicos de Oregon, ORS, capítulo 192, y en la medida en que lo exija.
10. Los miembros de la junta son representantes públicos
Los miembros de la junta son representantes públicos designados por el gobernador para crear un plan integral para financiar y administrar un plan de salud universal que responda a las necesidades y expectativas de los residentes de Oregon. Los miembros aceptan el nombramiento en el entendimiento de que representarán el interés público en sus acciones y decisiones en la junta.
Si algún miembro de la junta recibe una comunicación del público relacionada con la junta, los asuntos de la junta o el trabajo y la participación del miembro como miembro de la junta, deberá reenviar la comunicación de inmediato al director ejecutivo por correo electrónico.
11. Cuentas de correo electrónico del estado y comunicaciones de los miembros
Los miembros de la junta solo utilizarán sus cuentas de correo electrónico creadas por el estado cuando se comuniquen por correo electrónico con el personal de la junta o cuando se comuniquen por correo electrónico sobre cualquier otro asunto relacionado con la junta, los asuntos de la junta o el trabajo y la participación de los miembros como miembros de la junta. Las comunicaciones recibidas por los miembros de la junta a través de un correo electrónico personal o laboral deben enviarse al director ejecutivo. Los miembros de la junta no deben responder a correos electrónicos relacionados con asuntos de la junta a través de canales personales.
La junta y sus comités tienen un firme compromiso con la transparencia y la preservación de la confianza pública. La junta también reconoce la importancia de que exista una comunicación limitada entre los miembros para facilitar el trabajo de la junta y elaborar sus entregables según lo establecido en el Proyecto de Ley del Senado 1089. Se permite la comunicación entre una cantidad de miembros de la junta inferior al quórum, siempre y cuando esta no genere una comunicación en serie que cree un quórum.
El quórum de los miembros de la junta no utilizará, fuera de las reuniones realizadas en cumplimiento de la Ley de Reuniones Públicas, una serie de comunicaciones de ningún tipo, directamente o a través de intermediarios, con el fin de deliberar, formular recomendaciones o decidir sobre cualquier asunto que esté dentro de la jurisdicción de la junta. Se alienta a todos los miembros de la junta y del comité a realizar la capacitación ofrecida por la Comisión de Ética Gubernamental de Oregon (OGEC) y a presentar consultas a la OGEC si no están seguros sobre el cumplimiento.
12. Coordinación con otras entidades
Se espera que la junta se coordine con otras juntas, comisiones, industrias, instituciones educativas y agencias del estado cuando las responsabilidades e intereses se superpongan en la creación de un plan integral para financiar y administrar un plan de salud universal que responda a las necesidades y expectativas de los residentes de Oregon e incluya a todos los residentes de Oregon de manera equitativa.
13. Interacción con los medios de comunicación, cabilderos y grupos de interés
A menos que la junta lo autorice expresamente, ningún miembro de la junta tiene autoridad para hablar en nombre de la junta. La junta opera como una entidad única cuando se comunica con terceros. Si algún miembro de la junta recibe una solicitud de un medio de comunicación relacionada con la junta, los asuntos de la junta o el trabajo y la participación de un miembro como miembro de la junta, deberá notificar de inmediato al director ejecutivo sobre la solicitud por correo electrónico. Si algún miembro de la junta recibe una solicitud para analizar el trabajo de la junta de grupos de interés o comunitarios, el miembro debe presentar una solicitud ante el presidente y director ejecutivo con la fecha, el tema y la audiencia esperada. Se levantarán actas detalladas de estas reuniones y el director ejecutivo llevará un registro de estas. La junta también desarrollará un plan de participación comunitaria para la difusión activa a grupos de interés y comunidades como parte de nuestro plan de trabajo general.
14. Asesoramiento, comités técnicos y grupos de trabajo
La junta puede crear los comités o grupos de trabajo consultivos o técnicos que considere necesarios para ayudarle y asesorarle en el desempeño de sus funciones. Se espera que los grupos de trabajo sean de corta duración, estén formados únicamente por miembros de la junta y constituyan un lugar de debate más profundo de un tema que la junta esté tratando. Los comités pueden ser permanentes o temporales. La junta determinará la representación, composición, duración y organización de los comités y grupos de trabajo y nombrará a sus miembros. Los comités pueden estar abiertos a personas que no son miembros de la junta, si la junta está de acuerdo. A menos que la junta especifique lo contrario, todos los grupos de trabajo y comités están sujetos y se rigen por todas las normas y procedimientos relevantes de la junta.
15. Director ejecutivo de la junta y otro personal de la junta
La junta tendrá un director ejecutivo. Morgan Cowling ha sido designada por el gobernador como directora ejecutiva inicial de la junta, y continuará desempeñándose en esa función a discreción de la junta. La dirección de correo electrónico de la directora ejecutiva Morgan Cowling es
Morgan.D.Cowling@dcbs.oregon.gov.
Si el puesto de director ejecutivo queda vacante por cualquier motivo, la junta designará de inmediato a un nuevo director ejecutivo y determinará su retribución de acuerdo con el capítulo 240 de las ORS.
El director ejecutivo de la junta será responsable de las operaciones administrativas de la junta y desempeñará las demás funciones que especifique la junta. Con sujeción a las disposiciones aplicables del capítulo 240 de las ORS, el director ejecutivo designará al personal necesario para el análisis de normas y el apoyo administrativo. El director ejecutivo también asumirá y ejercerá todas las obligaciones y facultades asignadas al director ejecutivo por las normas y los procedimientos de la junta.
El director ejecutivo, en virtud de las facultades establecidas en ORS 751.001(11)(c), puede celebrar contratos con expertos y consultores según sea necesario para llevar a cabo las disposiciones de ORS 751.002(3).
El director ejecutivo y otros miembros del personal de la junta brindarán apoyo a la junta en relación con todos los asuntos que sean competencia de la junta, incluidos los preparativos y la celebración de reuniones de la junta; el cumplimiento de la Ley de Reuniones Públicas de Oregon, la Ley de Registros Públicos de Oregon, y otras leyes aplicables; el diseño de una estructura financiera y administrativa para un plan de salud universal que responda a las necesidades y expectativas de los residentes de Oregon; la evaluación de cómo trabajar con las nueve tribus indígenas reconocidas a nivel federal en Oregon y las juntas y comisiones de atención médica; la evaluación de la preparación de las instituciones públicas y de atención médica clave para llevar a cabo el plan de salud universal; el trabajo colaborativo con socios en todas las complejidades de los sistemas de atención médica, incluidos los hospitales, los sistemas y proveedores de salud, las aseguradoras y las organizaciones de atención coordinada; la colaboración con organizaciones regionales para identificar estrategias para reducir las complejidades y la carga administrativa de los participantes en el personal de atención médica; el proceso de estudiar y abordar los impactos del plan de salud universal con respecto a tipos específicos de empleadores; la consideración de la junta de las recomendaciones del Grupo de trabajo conjunto sobre la atención médica universal; y las comunicaciones con el público sobre cualquiera de los puntos anteriores.
El director ejecutivo y otros miembros del personal de la junta también brindarán apoyo a la junta, incluida la colaboración directa con el presidente y el vicepresidente, en la elaboración de informes de situación para los comités provisionales de la Asamblea Legislativa relacionados con la salud en virtud de ORS 751.101, y en la elaboración del plan integral para la implementación del plan de salud universal que se presentará a los comités provisionales de la Asamblea Legislativa relacionados con la salud y al gobernador en virtud de ORS 751.002(4).
El director ejecutivo, en el cumplimiento de sus obligaciones, puede utilizar y actuar de acuerdo con las normas y los procedimientos administrativos establecidos del Departamento de Servicios al Consumidor y a Empresas en la medida en que sean compatibles con la ley aplicable.
La junta también puede delegar tareas adicionales al director ejecutivo y a otros miembros del
personal de la junta caso por caso para ayudar a la junta a desempeñar sus tareas.
16. Revisión anual
La junta revisará estas normas y procedimientos al menos una vez al año.